Sabéis qué #impuestos se pagan al vender una casa en ,Malaga
Una de las inquietudes que nos manifiestan nuestros #clientes, es todo lo referente al tema #fiscal cuando venden su casa.
Y no es para menos, a la hora de tomar esa decisión y si además de #vender, compran otra casa, es fundamental saber los gastos que ello conlleva y así poder previamente proyectar la venta de su hogar.
Una información de valor que a continuación resumimos para estar al día con la Agencia Tributaria:
1- IRPF POR LA VENTA DE UNA VIVIENDA:
Cuando se vende una propiedad, se debe pagar IRPF por la ganancia obtenida, es decir , solo se debe de pagar si el #precio al que se #vende es superior al que en su día se adquirió dicha propiedad. Los ingresos obtenidos se presentan en la declaración de la renta del año siguiente a la operación de #compraventa.
Por ejemplo:
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Hasta 6.000 euros…19%
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entre 6.000 euros y 50.000 euros …21%
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entre 50.000 euros y 200.000 euros…23%
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entre 200.000 euros y 300.000 euros…27%
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más de 300.000 euros…28%
Aunque existen exenciones:
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Ser mayor de 65 años
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Reinvertir el dinero de la venta en la compra de otro inmueble
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Dar el piso en donación de pago
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Si eres una persona en situación de dependencia severa o gran dependencia
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Que la compra del inmueble tuviese lugar entre el 12/05/2012 y el 31/12/2012, en este caso se está exento del 50% de la ganancia patrimonial obtenida.
Otro impuesto ineludible es la Plusvalía Municipal
Siguiendo con el #compromiso de informaros puntualmente de todas las novedades del sector #inmobiliario, os resumimos lo que es la Plusvalía Municipal, que no es más que el incremento del valor añadido de los terrenos.
Es decir, cuando se realiza cualquier » movimiento de transmisión» en la #propiedad ya sea inter vivos o mortis causa, los ayuntamientos , utilizando sus propios baremos, calcula la revaloración del #terreno, desde que se adquirió la vivienda hasta que se vendió, y eso tenemos que pagarlo.
Habrá que hacer frente a este gasto en un plazo de 30 días desde que se produce la #venta en #notaria.
Para el cálculo hay que tener en cuenta el valor catastral del suelo, los años de propiedad de la vivienda y el coeficiente o porcentaje establecido por cada ayuntamiento.
Actualmente , se puede elegir dos métodos de cálculo:
METODO REAL.
Es el calculo de la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de #compra o adquisición
METODO OBJETIVO.
Se multiplicará el valor catastral del inmueble con unos nuevos coeficientes, que se aprueban cada año.
Cabe destacar que si se vende un piso o vivienda a un precio inferior al valor al valor de adquisición , se está exento de pagar.
Aun con toda esta información que ofrecemos, es muy probable que os queden dudas.![]()
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